Qué es la TTR, en fácil
Si tienes una planta que vierte energía a la red, el operador del sistema (REE) necesita ver lo que produces en tiempo real: tu potencia, tu tensión y tu reactiva, enviadas cada pocos segundos a su centro de control. Eso es la telemedida en tiempo real (TTR).
Si ese envío se corta —aunque sea un rato— cuenta como incumplimiento. Y a partir de ahora, REE va a penalizar esos cortes. El problema es que casi nunca te enteras a tiempo: lo descubres cuando llega la sanción.
Por qué falla (y por qué no suele ser tu equipo)
Cuando la TTR deja de llegar, lo primero que se piensa es que se ha roto algo en la planta. Casi nunca es así.
La inmensa mayoría de los cortes son de comunicaciones: se cae la línea de datos, el router 4G pierde cobertura, cambia una IP, se satura la red del punto… El equipo sigue midiendo bien, pero el dato no llega al centro de control. Y como nadie está mirando el envío, el hueco se acumula en silencio hasta que se convierte en una penalización.
Lo que hacemos distinto: vigilamos el envío
No basta con instalar la TTR. Nosotros comprobamos, en continuo, que de verdad está llegando.
Vigilamos el envío en continuo
Comprobamos 24/7 que tu TTR está llegando de verdad al centro de control, no solo que el equipo mide.
Detectamos el corte al momento
En cuanto deja de llegar, lo sabemos —y sabemos la causa probable: casi siempre, comunicaciones—.
Ponemos en marcha la solución
Avisamos y coordinamos la reparación con quien corresponda (tú, tu operadora o nosotros) antes de que el hueco sea sanción.
La tranquilidad está en saberlo al momento
Sin monitorización, un fallo de comunicaciones se convierte en semanas de huecos y en una penalización que descubres tarde. Con nosotros, te enteras el mismo día —y con la causa ya identificada— para que la solución se ponga en marcha enseguida.
Qué dice la norma
La obligación de enviar medidas en tiempo real (potencia activa, reactiva y tensión) al centro de control del operador del sistema (REE) está en el artículo 7.c del RD 413/2014, en su redacción vigente dada por el Real Decreto 917/2025, y se detalla en el procedimiento de operación P.O. 9 (parte 9.2 en el sistema peninsular). Los umbrales vigentes:
- Más de 1 MW → TTR obligatoria. Debes enviar tus medidas en tiempo real al centro de control de REE.
- Más de 5 MW → Despacho Delegado. Además, tu instalación debe estar adscrita a un centro de control de generación que reciba y ejecute las consignas del operador.
- Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla (sistemas no peninsulares): el umbral baja a 0,5 MW (art. 7.c, redacción vigente del RD 917/2025).
Cuenta la potencia agregada en el nudo: varias instalaciones que comparten punto de conexión, transformador o línea de evacuación forman una «agrupación» y suman. Si el conjunto supera el umbral, la obligación aplica aunque tu planta por separado no llegue.
¿Qué penalización? No es una multa fija. Si no tienes TTR o no mantiene los mínimos de calidad (por ejemplo, un error de medida superior al 10%), la consecuencia es la pérdida de la parte primada de tu retribución, además del régimen sancionador general de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
Verifícalo tú mismo en el BOE: texto consolidado del RD 413/2014, artículo 7 → (el BOE lo mantiene actualizado; última modificación 16/10/2025, RD 917/2025).
¿No sabes si te aplica? Compruébalo en un minuto → · Ver el detalle técnico de la remota y los módulos →
Que vigilemos tu TTR
Cuéntanos tu planta y nos encargamos de que tu telemedida en tiempo real llegue —y de avisarte si algún día deja de llegar—.
663 94 00 00